En la fecha fijada por la Junta Electoral,
el Concejo Deliberante realizará una Sesión
Preparatoria con la presencia de los 12 Concejales que
continúan en sus mandatos y los 12 nuevos Concejales
electos; la Sesión Preparatoria será presidida
por el Concejal de mayor edad de la lista triunfante (
Art. 18º de la Ley Orgánica de las Municipalidades).
En la Sesión Preparatoria se elegirán las
autoridades del Cuerpo Legislativo: Presidente; Vicepresidente
1º; Vicepresidente 2º; Secretario y Subsecretario(
Art. 19º de la Ley Orgánica de las Municipalidades).
En su funcionamiento el Concejo Deliberante, realizará
sesiones de acuerdo al Art. No. 68 de la Ley Orgánica
de las Municipalidades y que se detallan a continuación.
- Sesión Preparatoria ya mencionada.
- Sesiones Ordinarias, entre el 1º
de abril y el 30 de noviembre de cada año.
- Sesiones de Prórroga por 30 días
posteriores al término de las Sesiones Ordinarias.
- Sesiones Especiales, que podrán
ser convocadas por el Sr. Intendente Municipal o auto-
convocadas por los integrantes del Cuerpo, siempre
que lo solicite un mínimo de un tercio de sus
miembros y cuando un asunto de interés público
urgente lo exija. (Art. 68º de la Ley Orgánica
de las Municipalidades).
Las sesiones son de carácter
público e ingreso irrestricto para los vecinos.
El Concejo Deliberante en su Primer
Sesión Ordinaria constituirá de entre
sus miembros: Comisiones a las que les serán
girados, de acuerdo a su contenido, los expedientes
entrados; las comisiones tendrán por finalidad
estudiarlos, y elevar al plenario del Concejo (Sesiones)
los dictámenes resultantes para su tratamiento.
( Art.76º de la Ley Orgánica de las Municipalidades).
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